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dimarts, 9 de juliol del 2019

Emisora de banda ciutadana a Olesa M.


Cap el 2014 van legislar que a les frecuencies de CB banda ciutadana no cal llicencies , desde llavors no es necesari cap carnet de radioaficionats i examen per aquesta modalitat. Vinga
Parlen!!


Desde 2014 legislaron que para las frecuencias de CB banda ciudadana no hacen falta licencias y desde entonces  no es necesario ningún carnet de radioaficionado ni presentarse a exámenes para esta modalidad. Venga hablemos!!!




Per aquí estem🖐️🙂






dilluns, 3 de juny del 2019

Ejercicio GRT 2019 video SELVAMAR

Misión cumplida
Francia, España Portugal conectadas En frecuencias de radioaficionado. Esceptuando algunas sombras por falta de coberturas , un exito...🙂🙂
Felicitaciones a la organización  y a tod@s los participantes.

Ahora toca tomar nota de las incidencias para que la próxima vez se mejoren futuras ediciones.

Video del canal de Youtube SELVAMAR noticias de radioaficionad@s.

Sois unos Cracks...














dilluns, 27 de maig del 2019

divendres, 22 de març del 2019

Ejercicio GRT 02 de junio del 2019 (GRUPO RADIO TRANSPIRINAICO)

¿Qué es el GRT?

El GRT o Grupo de Radio Transpirenaico, es un ejercicio anual de carácter internacional organizado por radioaficionados con el fin de crear una base de datos con las coberturas existentes desde una serie de puntos elevados de la orografía de la Península Ibérica en la banda de VHF.

¿Cuál es la finalidad del GRT?

La principal finalidad del GRT, es la de confeccionar un listado de ubicaciones de puntos elevados de la orografía peninsular que nos permita conocer en caso de una posible emergencia o calamidad, desde que punto o puntos se podrían activar, para la realización de transmisiones de radio que permitan la comunicación entre diferentes puntos tanto en corta como en larga distancia.

¿Quién puede participar en el GRT?

En el GRT puede participar cualquier radioaficionado con licencia vigente en España, Andorra, Francia y Portugal. Actualmente en el GRT, mayoritariamente está participado por operadores de radio pertenecientes a redes de emergencias de sus países respectivos, como son REMER en España, Secom en Andorra o Adrasec en Francia.
Eso no quiere decir que para que se pueda participar en el GRT, se tenga que ser miembro de alguna de estas redes, el único requisito que se pide para participar, es que se tenga una licencia de radioaficionado de su respectivo país de participación. De hecho esta actividad no está relacionada ni participa de forma oficial ni no oficial, ninguna de estas entidades relacionadas con las emergencias, solamente se realiza por radioaficionados implicados de forma altruista y desinteresada y por nuestra propia cuenta y riesgo.

¿En qué frecuencias o bandas se realiza el GRT?

La banda de trabajo del GRT es la banda de VHF, más concretamente en el segmento de frecuencias de 144MHz habilitada para el uso de radioaficionados en la modalidad de FM. También se viene utilizando el segmento de HF en la banda autorizada de 40m LSB como apoyo a la de VHF en caso de fallos de cobertura de la primera.
Desde hace un par de años se introdujo también la ayuda de medios externos a la radio afición como es el caso de la aplicación para móviles WhatsApp, la cual nos permite comunicarnos entre los operadores mediante el uso de mensajes de texto de forma rápida y eficaz.
En el año 2015 también se realizó una prueba de uso en la banda de UHF en el segmento de 432 MHz FM para radioaficionados por algunos de los participantes.
A partir del año 2016, y por primera vez, se intentara realizar el GRT desde la banda ciudadana o CB27, desde la cual y dentro del segmento autorizado para ellos, se intentara realizar el ejercicio en el caso de que se inscriban un mínimo de operadores que permita su realización.

¿Qué hay que hacer para participar en el GRT?

Lo único que hay que hacer para participar en el GRT es rellenar la solicitud de inscripción y enviarla a la organización para comprobar que se cumplen los requisitos exigidos, y estar dispuesto a comprometerse para subir el día del ejercicio a un punto alto o montaña de su zona para realizar la prueba.



Ejercicio de comunicaciones Grupo radio transpirinaico


Dia del ejercicio: 02 de junio del 2019
Frecuencias:
– VHF (ejercicio obligatorio): 145.475 FM (puede variar)
– 40M (opcional): 7.080 LSB (Frecuencia de apoyo al ejercicio de VHF puede variar)
– 60M (opcional): 5.360 USB
– DMR SIMPLEX 144 Mhz (opcional): 145.375 Canal 1 VHF (CQDVHF TG99 Simplex, Color code 1, slot 1)
– DMR SIMPLEX 432 Mhz (opcional): 433.450 Canal 1 UHF (CQDUHF TG99 Simplex, Color code 1, slot 1)
– DMR REPETIDOR (opcional): TG 21463, Color code 1, Slot 2
– C4FM DIRECTO (opcional): 145.375 FM


Fuente GRT YouTuBe

dimarts, 6 de novembre del 2018

Orden INT/1149/2018, de 29 de octubre, por la que se regula la organización y el funcionamiento de la Red Nacional de Radio de Emergencia.

BOE REMER 31 OCTUBRE 2018

TEXTO

Las telecomunicaciones constituyen un elemento esencial para asegurar la coordinación operativa de los recursos movilizables que intervienen en las situaciones de emergencia. Cuando, como es frecuente dadas las especiales circunstancias que concurren en estas ocasiones, los medios de comunicación convencionales pierden o ven disminuida su capacidad operativa, es vital tener prevista la activación de medios adicionales que puedan suplir o complementar a los que se han visto afectados en su funcionamiento.
Por otra parte, según la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, para que este Sistema Nacional pueda ser eficaz debe contar, además, con la colaboración de la sociedad mediante una efectiva y solidaria participación ciudadana. Estos conceptos constituyen el fundamento de la Red Nacional de Radio de Emergencia (REMER), integrada por radioaficionados españoles y extranjeros residentes en España, vinculados de modo voluntario y altruista a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior. La REMER mantiene una estructura permanente y jerarquizada, con cobertura en todo el territorio nacional, lo que le permite garantizar la necesaria celeridad y eficacia en su actuación en aquellos casos en los que sea requerida.
La REMER fue creada mediante Resolución de la entonces Dirección General de Protección Civil de 1 de diciembre de 1986, sobre ordenación de la Red de Radio de Emergencia. Los cambios producidos desde entonces en el Sistema Nacional de Protección Civil, así como la experiencia acumulada en sus años de funcionamiento, aconsejan una adecuación y transformación de esta Red, con el fin de mejorar su eficacia y encuadre en el citado Sistema Nacional de Protección Civil.
Esta orden se adecua a los principios de buena regulación que se citan en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por, en primer lugar, la necesidad de actualizar la regulación de un instrumento cuya importancia viene definida por la conjunción de los servicios públicos de la protección civil y el voluntariado, siendo el instrumento de la orden el más sencillo que permite esta regulación de una manera eficaz. En segundo lugar, se limita a regular los aspectos básicos que permiten el funcionamiento de la REMER, sin afectar a otros activos de la protección civil, cumpliendo así el principio de proporcionalidad. En cuanto a los principios de protección jurídica y transparencia, estos quedan salvaguardados por el nulo impacto de esta norma sobre el resto del ordenamiento jurídico, y por las posibilidades que ofrece para la participación de los ciudadanos (lógicamente, aquellos que cuenten con el título de radioaficionado) en el esfuerzo colectivo de la protección civil. Por último, la orden permite, como es preceptivo, la tramitación electrónica de las solicitudes de alta y renovación, lo que se traduce en una reducción de las cargas administrativas.
En su virtud, con la aprobación previa de la Ministra de Política Territorial y Función Pública, dispongo:
Artículo 1. Definición de la REMER.
La Red Nacional de Radio de Emergencia (REMER) se constituye como una red de ámbito estatal alternativa y complementaria a otras redes de comunicaciones utilizadas por la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior.
Artículo 2. Objetivos de la REMER.
Son objetivos de la REMER:
a) Constituir un sistema de comunicaciones alternativo y complementario a las redes de comunicación utilizadas por la Dirección General de Protección Civil y Emergencias. Como tal sistema de comunicaciones deberá permitir la recogida de información relevante sobre cualquier situación de la emergencia, y la transmisión de mensajes a aquellos destinatarios que, por las características de la emergencia, no dispongan de otros medios de comunicación operativos.
b) Conformar una estructura operativa que permita a los radioaficionados acreditados cumplir con su derecho y deber ciudadano de colaboración en emergencias, asumiendo voluntariamente las funciones que como miembros de la REMER les fueran asignadas por la Dirección General de Protección Civil y Emergencias.
c) Constituirse como una capacidad estatal de apoyo al Sistema Nacional de Protección Civil, cuando se considere necesario.
Artículo 3. Composición de la REMER.
1. La REMER está compuesta por radioaficionados acreditados para ello, de conformidad con lo dispuesto en esta orden.
2. Los integrantes de la REMER son colaboradores voluntarios permanentes del Sistema Nacional de Protección Civil y, por tanto, se atienen a las normas dispuestas en cada caso y a las instrucciones puntuales que sean proporcionadas por la Dirección General de Protección Civil y Emergencias. Los colaboradores utilizarán sus propios medios de radiocomunicaciones para el cumplimiento de las misiones que les sean encomendadas.
3. La Dirección General de Protección Civil y Emergencias podrá determinar el número máximo total de colaboradores de la REMER a nivel nacional.
Artículo 4. Dependencia.
1. La REMER depende de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, a través del Centro Nacional de Seguimiento y Coordinación de Emergencias (CENEM).
2. Para su funcionamiento recibirá las instrucciones del Delegado o Subdelegado del Gobierno en la provincia de encuadramiento, a través de las Unidades de Protección Civil.
3. La Dirección General de Protección Civil y Emergencias velará por amparar a los colaboradores de la REMER a través de un seguro colectivo que cubra los percances, tanto personales como materiales, así como la posible responsabilidad civil en la que pudieran incurrir en el curso de sus actuaciones como miembros de la Red, cuando hayan sido movilizados de acuerdo a lo indicado en el artículo 6.
Artículo 5. Funcionamiento de la REMER.
1. La REMER a nivel nacional integra en su estructura diferentes tipos de estaciones de radio, que se comunican entre sí para conseguir el objetivo de servir de sistema de comunicaciones de apoyo alternativo en situaciones de emergencia. Estas estaciones quedan definidas como sigue:
a) Estación directora central, ubicada en el Centro Nacional de Seguimiento y Coordinación de Emergencias (CENEM) de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias.
b) Estaciones directoras provinciales, ubicadas en los centros de coordinación operativa, o ubicación equivalente dentro de cada Delegación y Subdelegación del Gobierno.
c) Estaciones de zona, que pueden existir o no, de acuerdo con la estructura territorial en que a estos fines se organice cada provincia.
d) Estaciones fijas de radioaficionado, desde las que los colaboradores realicen sus tareas de recogida y transmisión de información, comunicando directamente con los Centros de Coordinación, o a través de las estaciones de zona.
e) Estaciones móviles y portátiles de radioaficionado, que permiten realizar las mismas tareas que las estaciones fijas, y además pueden proporcionar cobertura de comunicaciones a las zonas en las que ésta no exista o se haya visto afectada por la situación de emergencia.
2. Con este conjunto de las estaciones citadas en el apartado anterior se constituirán las dos mallas de comunicaciones que definen el funcionamiento de la REMER:
a) Malla nacional: Conectará, en caso necesario, el CENEM con los centros de coordinación operativa de las Unidades de Protección Civil en las provincias afectadas por una emergencia. Para ello, se dotará a dichos centros de los medios técnicos que permitan este enlace con el CENEM.
b) Malla provincial: Conectará el centro de coordinación operativa de la Unidad de Protección Civil con los colaboradores que, desde su ubicación permanente o desplazándose sobre el terreno, recibirán y transmitirán la información relevante para facilitar la coordinación de la respuesta a la situación de emergencia.
3. El funcionamiento de las comunicaciones dentro de la malla provincial en situación de emergencia será establecido y dirigido por la estación directora provincial con el apoyo de la estructura de la REMER.
4. Corresponde a los Delegados y Subdelegados del Gobierno aprobar la estructura territorial de la Red, a nivel autonómico o provincial, de acuerdo con la propuesta que les formulen los correspondientes Jefes de las Unidades de Protección Civil.
Artículo 6. Activación de la REMER.
1. Corresponde al Director General de Protección Civil y Emergencias, en el ámbito nacional, y a los Delegados y Subdelegados del Gobierno, en el ámbito de una comunidad autónoma o de una provincia, respectivamente, la activación de la REMER.
2. La REMER se activará cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
a) Sea necesaria y urgente la recogida de información específica sobre la situación de emergencia y esta información pueda ser proporcionada por la REMER de forma eficiente.
b) Sea necesario proporcionar soporte de comunicaciones, por limitaciones en los canales normalmente disponibles, a los intervinientes o a la población que esté, o pueda estar, afectada por la situación de emergencia, y este soporte pueda ser proporcionado por la REMER de forma eficiente.
c) En cualquier otra circunstancia que, a juicio del Director General de Protección Civil y Emergencias, del Delegado o Subdelegado del Gobierno, requiera o aconseje el despliegue de las capacidades de comunicaciones que puede proporcionar la REMER.
3. En la orden de activación, en función de la urgencia con la que deberán acometerse las tareas asignadas a los colaboradores de la REMER, se establecerán las prioridades de actuación y la disciplina de comunicaciones radioeléctricas, si fuera diferente a la habitual.
No obstante lo anterior, en el seno del Consejo Nacional de Protección Civil se podrán promover iniciativas conducentes a la participación y colaboración de los recursos de la REMER en el ámbito operativo de los planes territoriales y especiales de emergencias de carácter autonómico y local.
En todo caso, las actuaciones concretas de la Red que se desarrollen en dichos ámbitos contarán siempre con la autorización previa de los Delegados y Subdelegados del Gobierno correspondientes y se realizarán bajo sus procedimientos operativos y estructura jerárquica y funcional.
Artículo 7. Uso de los elementos de la REMER.
Los elementos componentes de la REMER, tanto los de titularidad pública como los privados, deberán usarse según las siguientes directrices:
a) Frecuencias de trabajo. La REMER utilizará en todo momento las frecuencias de radio para las que la Dirección General de Protección Civil y Emergencias disponga de autorización para su uso en esta red («frecuencias REMER»), y exclusivamente con los modos de trabajo definidos para ella.
Este uso del dominio público radioeléctrico es sin perjuicio de la posibilidad de utilizar, de acuerdo con el Reglamento de uso del dominio público radioeléctrico por radioaficionados, aprobado por la Orden IET/1311/2013, de 9 de julio, las bandas atribuidas al servicio de radioaficionados para la transmisión de información en emergencias. El uso de estas bandas, al contrario que el de las frecuencias REMER, está abierto a cualquier radioaficionado siempre que sea requerido para ello por la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, conforme al artículo 7 bis de la Ley 17/2015, del 9 de julio.
b) Estaciones radioeléctricas. Los radioaficionados usarán, a los efectos de esta orden, exclusivamente sus equipos de radio para los que disponen de la preceptiva autorización.
En los centros de coordinación operativos provinciales podrán desplegarse, del modo que la Dirección General de Protección Civil y Emergencias determine, estaciones de radio para facilitar la coordinación de la Red a través de radiocomunicaciones.
c) Infraestructuras de radiocomunicaciones. La Dirección General de Protección Civil y Emergencias determinará las infraestructuras de comunicaciones, estaciones repetidoras y otras que se determinen a desplegar para conseguir la mejor cobertura de las radiocomunicaciones REMER en todo el territorio nacional. Para esto podrá solicitar asesoramiento a los miembros de la REMER y a otros expertos en radiocomunicaciones.
Las infraestructuras así desplegadas serán propiedad de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias que se ocupará de buscar las ubicaciones más apropiadas, con el apoyo de las Unidades de Protección Civil, estableciendo para este fin los convenios o contratos necesarios con las entidades dueñas de dichas ubicaciones. Se encargará también de la conservación y mantenimiento de los equipos.
Las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno podrán concertar con los Ayuntamientos convenios, para que los colaboradores de la REMER puedan utilizar las instalaciones de estos, al objeto de mejorar el cumplimiento de las misiones encomendadas.
Artículo 8. Condiciones para el ingreso y permanencia en la REMER.
1. Podrán ingresar en la REMER los ciudadanos españoles y extranjeros mayores de edad y residentes en España, que sean titulares de una autorización de radioaficionado en vigor expedida por el Ministerio con competencias en materia de radioaficionados, y que no hayan sido sancionados por las infracciones contempladas en la norma que regule las sanciones sobre el uso de estaciones de radioaficionados.
2. En el caso de haber pertenecido con anterioridad a la REMER y haber causado baja por expediente, podrán solicitar su incorporación transcurridos un mínimo de cinco años desde la fecha de notificación de la sanción.
3. Para su ingreso en la REMER, los candidatos deberán solicitarlo oficialmente, tal y como figura en el artículo siguiente, y haber sido autorizados expresamente por la Dirección General de Protección Civil y Emergencias para operar como miembros de la Red.
4. Conforme establece el artículo 7 bis de la Ley 17/2015, del 9 de julio, se podrán incorporar a la REMER, en situaciones de emergencia declaradas, otros radioaficionados no pertenecientes a esta Red, cuando se considere necesario solicitar su colaboración de forma extraordinaria y temporal.
5. Todo incumplimiento de los deberes recogidos en el artículo 12 podrá motivar el inicio de un expediente revocatorio de ingreso en la Red, mediante el oportuno procedimiento administrativo, con audiencia de la persona interesada.
Artículo 9. Procedimiento de ingreso en la REMER.
1. La solicitud de ingreso en la Red se podrá presentar telemáticamente, a través de la sede electrónica del Ministerio del Interior, rellenando los datos que se solicitan y adjuntando copias electrónicas de la siguiente documentación:
a) DNI o tarjeta de residencia, en su caso (solo será necesario si el solicitante no autoriza el uso del sistema de verificación de datos de identidad).
b) Autorización de radioaficionado en vigor.
c) Ficha de características técnicas de la estación.
d) Una fotografía tamaño carnet.
2. Asimismo la solicitud de ingreso en la Red podrá presentarse presencialmente en la Delegación o Subdelegación del Gobierno de la provincia de residencia del interesado, o en cualquiera de los puntos de atención al ciudadano indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, utilizando el formulario indicado en el anexo I de esta orden, y adjuntando la misma documentación exigida para la tramitación telemática.
3. La Dirección General de Protección Civil y Emergencias, previa consulta con la Delegación o Subdelegación del Gobierno correspondiente al lugar de residencia del peticionario, resolverá discrecionalmente las peticiones de ingreso en la REMER en un plazo no superior a tres meses, siendo el silencio administrativo de carácter positivo.
4. Contra la resolución cabrá la interposición de recurso de alzada, previo al contencioso-administrativo, en los plazos legalmente establecidos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Artículo 10. Renovación de pertenencia a la REMER.
1. Con periodicidad trienal, los miembros de la REMER deberán cursar, por los mismos medios disponibles para la solicitud de ingreso, solicitud de renovación de pertenencia a la misma. Las solicitudes serán valoradas por la Dirección General de Protección Civil y Emergencias consultando a la Delegación o Subdelegación del Gobierno correspondiente, teniendo en cuenta el cumplimiento por parte del solicitante, durante el periodo inmediatamente anterior, de los deberes recogidos en el artículo 12.
2. El plazo de resolución para las solicitudes de renovación será también de tres meses, siendo el silencio administrativo de carácter positivo.
3. Contra la resolución cabrá la interposición de los mismos recursos que para el caso de solicitud de ingreso.
Artículo 11. Tarjeta de identificación personal.
1. La tarjeta de identificación es un documento personal e intransferible emitido por la Dirección General de Protección Civil y Emergencias que acredita al portador como colaborador de la REMER en el ámbito exclusivo de las actuaciones que tenga encomendadas. En ella se mostrarán claramente los siguientes datos:
a) Nombre y apellidos.
b) Número de DNI o NIE.
c) Distintivo de llamada.
d) Número de colaborador REMER.
e) Provincia (de encuadramiento).
f) Fotografía digitalizada.
g) Firma digitalizada del Director General de Protección Civil y Emergencias.
h) Fecha de expedición de la tarjeta.
2. La tarjeta se emitirá en material plástico (cloruro de polivinilo o similar) con dimensiones 85 × 55 mm, estando en el anverso indicados los datos anteriores. En el reverso se mostrará el texto siguiente:
«La presente acreditación tiene como única misión la identificación de su portador como miembro activo de la Red Nacional de Radio de Emergencia de Protección Civil, a efectos de que se facilite el cumplimiento de las misiones encomendadas.
Si encuentra extraviada esta acreditación personal, se encarece su remisión a:
Dirección General de Protección Civil y Emergencias.
Calle Quintiliano, número 21.
28002 Madrid (España).
CADUCA A LOS TRES AÑOS.
www.proteccioncivil.es
Al causar baja como colaborador REMER, se entregará esta acreditación en la correspondiente Unidad de Protección Civil de la Delegación o Subdelegación del Gobierno.»
3. La tarjeta de identificación personal se entregará al interesado en el momento del alta o renovación como colaborador REMER, siendo este responsable de su conservación y buen uso hasta que cese su relación con la Red.
4. En caso de pérdida o extravío de la tarjeta, el colaborador deberá solicitar la expedición de una nueva usando el procedimiento de renovación.
5. Los colaboradores deberán mostrar la tarjeta de identificación personal siempre que sean requeridos para ello durante el ejercicio de sus funciones como miembros de la REMER.
Artículo 12. Derechos y deberes.
1. Son derechos de los miembros de la REMER:
a) Disponer de la acreditación otorgada por la Dirección General de Protección Civil y Emergencias.
b) Utilizar los valores de frecuencia asignadas a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias para sus actividades relacionadas con las misiones de la Red.
c) Participar en las actividades de la REMER relacionadas con estudios, cursos de formación y perfeccionamiento (especialmente los impartidos por la Escuela Nacional de Protección Civil), grupos de trabajo, ejercicios y simulacros y otras actividades similares.
d) Recabar información, asesoramiento y asistencia técnica de la Unidad de Protección Civil de su provincia, a través del responsable provincial de la REMER.
e) Recibir el apoyo que precisen de las autoridades, sus delegados, agentes y funcionarios de las distintas Administraciones Públicas, para el cumplimiento de sus misiones, en el caso de ser requerida su actuación en apoyo de una situación de emergencia.
f) Obtener el respeto y reconocimiento por el valor social de su contribución.
2. Son deberes de los miembros de la REMER:
a) Responder en el tiempo más breve posible, y en concordancia con la prioridad indicada, a las órdenes de activación de la Red.
b) Prestar la colaboración voluntariamente comprometida a las autoridades estatales en materia de protección civil y a sus delegados, transmitiendo los mensajes que estas les indiquen y absteniéndose de cursar ningún otro que no esté contrastado por las mismas, así como de tomar decisiones que no sean propias de la función comprometida.
c) Actuar siempre en el tiempo que voluntariamente hayan asumido como miembros de la Red, bajo la única y exclusiva dirección de las correspondientes autoridades de protección civil y de acuerdo con las normas de la Red y con la disciplina de radio establecida.
d) Informar urgentemente y con la mayor precisión a la estación directora provincial correspondiente, de aquellos hechos o mensajes que conozca o reciban y que a su criterio deban ser conocidos por aquella. En el caso de no conseguir establecer enlace con la estación directora provincial se intentará informar a la estación directora central.
e) No realizar gestión alguna como miembros de la Red, tanto ante organismos públicos como privados, sin haber obtenido la previa autorización del Delegado del Gobierno, Subdelegado del Gobierno o del Director General de Protección Civil y Emergencias.
f) Participar activamente en los ejercicios de adiestramiento que se organicen por parte de las Unidades Provinciales de Protección Civil, así como en las actividades de actualización de conocimientos. Se considerará participación activa la asistencia, continuada en el tiempo, a al menos un tercio de los ejercicios programados por las Unidades de Protección Civil, salvo causa justificada.
g) Actuar de forma diligente y solidaria en el cumplimiento de sus funciones.
h) Guardar confidencialidad y reserva en relación con las informaciones que obtengan en el ejercicio de sus misiones, así como sobre la información relativa al funcionamiento operativo de la Red.
i) Abstenerse de publicar información sobre las actividades de la REMER en prensa escrita, medios electrónicos de difusión masiva o foros públicos, sin previa autorización por escrito del Director General de Protección Civil y Emergencias.
j) Utilizar debidamente la acreditación y distintivos de la organización en el uso de sus funciones.
k) Respetar y cuidar los recursos materiales que se pongan a su disposición.
l) Rechazar cualquier contraprestación material que pudieran recibir bien del beneficiario o de otras personas relacionadas con su actuación como miembros de la REMER, exceptuando el posible apoyo ciudadano recibido en cuanto a medios de subsistencia necesarios para cumplir su cometido (alimentación, bebida, abrigo, asistencia sanitaria, etc.).
Artículo 13. Reconocimiento a la permanencia en la REMER.
La Dirección General de Protección Civil y Emergencia expedirá un diploma personal como reconocimiento a su colaboración de modo voluntario y desinteresado en las actividades de la REMER, a aquellos colaboradores que permanezcan ininterrumpidamente en la Red por un periodo de cuatro años, diez años y posteriormente por cada periodo de cinco años, a partir de la fecha de ingreso en la REMER.
Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo.
Se autoriza a la Subsecretaria del Interior o, por delegación de esta, al Director General de Protección Civil y Emergencias, para dictar cuantas instrucciones sean precisas para la aplicación, interpretación y desarrollo de esta orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 29 de octubre de 2018.–El Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska Gómez.
ANEXO I


dimarts, 28 d’agost del 2018

25/08/2018 simulacro emcomnet 8/2018

El pasado 25 de agosto la sección de ure emergencias realizó para todos/as los radioaficionados/as el ya famoso ejercicio emcomnet8/2018.

La estación coordinadora estuvo situada en valencia y los operadores fueron dando su operatividad por orden de distrito a demanda de esta.


El ejercicio se abrió a las 7h y finalizó a las 12h.

Los operadores coordinados fueron cambiando de canal a demanda de la estación coordinadora solicitando la transmisión de información a otras estaciones.


dimarts, 30 de gener del 2018

Jornada formativa 15 de febrero red XERCAT

En el marco del convenio de colaboración que varias asociaciones de  radiofacionados de la CCAA de catalunya firmaron en 2015 entre... 

Departament d’Interior a través de la Direcció General de Protecció Civil, i el Departament de Ocupació i Empresa a través de la Direcció General de Telecomunicacions i Societat de la Informació...

el proximo dia 15 de febrero se realiza una jornada formativa donde se daran a conocer el fichero de radioaficionados, operativa de protección civil de la generalitat, los protocolos de comunicación  para los radioaficionados en emergencias y una visita al CECAT.

 
Una gran iniciativa que dara la representatividad y funciónes que merecen los radio-aficionados específicamente en las comunicaciones. 

dijous, 2 de novembre del 2017

Rueda simulacro en el TG canal de emergencias en 2/9 214112 DMR digital.

El pasado lunes 31 de octubre a través del grupo de telegram DMR Spain se concretó  realizar una rueda de prueba en el TG 2/9 214112 en dispositivos digitales DMR ayer 1 de noviembre a las 12 horas. Fue una rueda extraoficial y voluntariaPara saber la operatividad  de los mismos equipos en la posibilidad de usar este recurso en caso de emergencia.


Seguimos aprendiendo y practicando...

dimarts, 19 de setembre del 2017

Entrevista IberRadio 2017 - EA9CD EMCOM - UME - RADIOAFICIONADOS

Os comparto una entrevista del compañero EA9CD de EMCOM en la que nos explica el proyecto que esta diseñando la unidad militar de emergencias para integrar la colaboración de los radioaficionados  en caso de emergencias

Us comparteixo l´entrevista del company EA)CD D´EMCOM que ens fa referencia al proyecta que esta disenyant l´ unitat militar d´emergencies per integran la colaboració dels radioaficionats en cas d´emergencies.


Red RENEM para emergencias en la UME y los radioaficionados ... PRIMiCiA!!!!! / Xarxa RENEM a la UME y els radioaficionats


En enero de 2011  en onemagazin nos daba a conocer la red de telecomunicaciones que la UME utiliza con positivos resultados para su trabajo con RENM.
Recientemente en una entrevista en iberradio 2017 ,conocido este evento por ser uno de los mejores por los radioaficionados nos brindan una entrevista desde el canal EA1URO  de YouTube, una interesante información que actualizara y pondrá una meta sería para los radioaficionados que colaboran en emergencias. Bravo por esta fantástica noticia...




Sistema de gestión de emergencias de la UME implantado por INDRA

El sistema de mando y control de la UME, del que forma parte el SIMGE, está preparado para llevar a cabo el Mando, el Control y la Coordinación de una emergencia de interés nacional (nivel 3).

El sistema integrado de gestión de emergencias (SIMGE) es el sistema de información para mando y control propio de la Unidad Militar de Emergencias (UME) que, empleando las más avanzadas tecnologías en la transmisión de datos a alta velocidad, está preparado para gestionar las emergencias desde una perspectiva global: vigilancia y seguimiento de incidentes, planeamiento operativo, generación de la fuerza de la UME que va a intervenir en esos incidentes y seguimiento y conducción de la emergencia. Es una herramienta fundamental de su capacidad de mando y control de sus unidades propias, posibilitando una gestión y coordinación eficientes de las situaciones de emergencia.
El sistema de mando y control de la UME, del que forma parte el SIMGE, está preparado para llevar a cabo el Mando, el Control y la Coordinación de una emergencia de interés nacional (nivel 3), por lo que desde un principio se diseñó un sistema de colaborativo, flexible, robusto y redundante que asegurase el enlace independientemente del lugar en que se produjese el incidente y que permitiese mantener la comunicación con cualquiera de los organismos que trabajan en emergencias, sin importar el tipo de tecnologías de telecomunicaciones e información utilizados por dichos organismos.

El sistema de telecomunicaciones e información sobre el que trabaja la UME consta, además del Sistema Integrado Militar de Gestión de Emergencias (SIMGE) y de la Red Nacional de Emergencias (RENEM), de una estructura de nodos permanentes (nodo principal en el cuartel general de la UME y nodos en los batallones) y otra de nodos desplegables (destacados a la zona de emergencia para permitir a los responsables operativos de la UME la gestión, control y coordinación del dispositivo involucrado, e intercambiar información de la situación con los nodos permanentes).
El SIMGE comenzó a diseñarse e implantarse en 2007 y entró en servicio a mediados de 2009 con buenos resultados y el año 2010 ha sido el primer año en el que ha estado plenamente operativo. El SIMGE ha sido desarrollado para la UME por la empresa española líder en tecnologías de la información INDRA.
Esta solución de mando y control está diseñada para gestionar todo tipo de emergencias, tanto naturales (nevadas, terremotos, huracanes, etc.) como producidos por el hombre (accidentes industriales, incendios, etc.). Su principal ventaja, y lo que lo convierte en un sistema pionero, es su gran interoperabilidad, al ser compatible, tanto con los sistemas que utilizan las Fuerzas Armadas como con los de los organismos civiles con responsabilidad en emergencias, lo que facilita la coordinación de actuaciones conjuntas de la UME con dichos organismos civiles.
Además, ofrece una visión única de la gestión de las diferentes operaciones existentes simultáneamente y, en las dos campañas de verano en las que ha estado operativo (2009 y 2010), ha ayudado a gestionar la intervención de la UME en los incendios producidos al mismo tiempo en distintos zonas de España. También mejora el análisis de la situación desde el primer momento en que se detecta una emergencia y facilita la planificación de la respuesta.

El corazón del SIMGE
El centro principal del SIMGE se encuentra ubicado en el cuartel general de la UME, en la Base Aérea de Torrejón de Ardoz, y cuenta con un centro de situación, un centro de conducción de operaciones y una sala de apoyo para preparación de información geográfica.
En el centro de situación, activado todos los días del año para la vigilancia y seguimiento de las redes de alerta y sistemas de gestión dealertas disponibles, se mantiene contacto, entre otros, con la Administración General del Estado (AGE), CC.AA., Centros 112, Entes Públicos, empresas de infraestructuras críticas, etc., y se recibe información sobre cualquier variable relevante para la seguridad en España: datos meteorológicos, actividad sísmica, situación de las carreteras, incendios, seguridad nuclear y radiológica, etc.
En función de la evolución de la emergencia y del nivel de la misma, y ante la previsión de una posible intervención de la UME, la información se transmite al centro de conducción, donde los mandos de la UME supervisan, ayudándose de un panel de pantallas, la información disponible y coordinan su actuación con las responsables de la emergencia (nivel 2) y desarrollan su participación en la gestión de la misma en sus diversas facetas: operaciones, logística, sanitaria y de información pública, pudiendo activar hasta 19 puestos de trabajo en los que integraría personal de enlace de otras organizaciones involucradas en la emergencia.
En la sala de Sistemas de Información Geográfica (GIS), se elaboran mapas específicos para cada misión, en los que se incluyen capas de información con datos relevantes: ubicación de hospitales cercanos, tendidos eléctricos que cruzan la zona de crisis, instalaciones de suministro de agua, red de alcantarillado, etc. y se preparan simulaciones sobre la evolución de la situación.
El SIMGE se traslada a la zona de emergencia en vehículos de comunicaciones (nodos desplegables) que permiten a los efectivos de la UME en la zona de operaciones contar con la información relevante para actuar y recibir órdenes, así como enviar datos sobre el estado, posición y evolución de los trabajos que llevan a cabo.
La capacidad de telecomunicaciones de la UME que garantiza el funcionamiento del SIMGE y se apoya en la seguridad y redundancia de la Red Global de Telecomunicaciones del propio Ministerio de Defensa, apoyada en sus Redes Privadas Virtuales, en el Sistema Conjunto de Telecomunicaciones Militares y en el Sistema de Comunicaciones Militares vía Satélite (SECOMSAT), que garantizan su supervivencia en situaciones críticas. En el ámbito táctico, emplea el Sistema de Radiocomunicaciones Digitales de Emergencias del Estado (SIRDEE), como las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Para no verse limitada por el impacto de la posible emergencia sobre la infraestructura terrestre en la zona afectada, la UME hace un uso amplio de las telecomunicaciones vía satélite, con estaciones fijas y móviles, que operan la capacidad procedente de los satélites militares (gubernamentales) SPAINSAT y XTAR, completada por terminales civiles tipo INMARSAT.
INDRA, para favorecer la coordinación con autoridades civiles y organismos externos, ha equipado el Sistema Integrado Militar de Gestión de Emergencias con un portal accesible desde la Red IRIS y la Red SARA, que da acceso a información de la operación de emergencia en marcha bajo estrictos controles de seguridad y transmisión cifrada.
Balance de intervenciones de la UME
Hasta la fecha, el número total de intervenciones realizadas por la UME desde que obtuvo su capacidad operativa inicial en junio de 2007, se eleva a 92. Un total de 57 han sido en incendios forestales, 19 en inundaciones y rescate, 15 en nevadas y la primera intervención en el exterior, en Haití.
RENEM
La Red Nacional de Emergencias (RENEM), respuesta a la necesidad de crear a nivel del Estado un sistema integrado de gestión de emergencias para coordinar los diferentes Centros Operativos, tiene la misión de intercambiar información para facilitar la toma de decisiones y sincronizar las acciones necesarias para socorrer a la población, con un objetivo doble: disponer de información en tiempo oportuno y facilitar la conducción de la emergencia optimizando recursos e incrementando la eficacia de los mismos. Integrará los Sistemas de Información y Telecomunicaciones pertenecientes a las Organizaciones de la Administración General del Estado (AGE), las Comunidades Autónomas (CCAA) y las corporaciones privadas responsables de infraestructuras críticas

dimecres, 13 de setembre del 2017

ERU ( Unidad de respuesta en emergencias de cruz roja en telcomunicaciones)

Hy os pongo un video de cruz roja de una importante unidad   formada por miembros de cruz roja que funciona a nivel internacional. 


Dan cobertura en telecomunicaciones en zonas de desastres y emergencias, un proyecto que esta operativo desde el año 1993 que ya a sido movilizado en multiples ocasiones por la necesidad de cubrir y dar apoyo en los paises que han sufrido la caida de sus servicios basicos de comunicaciones.


https://vimeo.com/112157055 (ERU TELECOM)



Estado EOC pidiendo voluntarios de radioaficionados aficionados 10 de septiembre 2017

Una llamada a la colabroacion de los radioaficionados por el huracan IRMA que a sido trasmitida por http://www.chipleypaper.com/news/20170910/state-eoc-asking-for-amateur-radio-operator-volunteers donde solicitan que radioaficionados con licencia que puedan se pongan en contacto con el responsable que se indica en el escrito. 

El Equipo Estatal de Respuesta a Emergencias (SERT, por sus siglas en inglés) solicita a operadores de radioaficionados licenciados que ayuden con la respuesta al huracán Irma. SERT alimentará y albergará a cualquier voluntario.
La American Radio Relay League (ARRL) afirma que sus miembros -aficionados a la radioaficionados conocidos como operadores de radioaficionados- están dispuestos a ayudar, señalando el papel históricamente importante que han desempeñado los operadores de jamón en la respuesta a los desastres, de la comunicación cuando otros métodos están abajo.
“Cuando los sistemas normales de comunicación no están disponibles, las estaciones de aficionados pueden hacer las transmisiones necesarias para proporcionar las necesidades esenciales de comunicación en relación con la inmediata seguridad de la vida humana y la protección inmediata de la propiedad”, dice la FCC.
Kat Eschner de Smithsonian.com escribe que en el caso del huracán Katrina, que devastó Nueva Orleans y la costa del Golfo a fines de agosto de 2005, los operadores de jamón lograron ponerse en línea rápidamente y comenzar a transmitir llamadas de ayuda. Hams “monitorearon las llamadas de socorro y reenviaron las solicitudes de emergencia de asistencia a través de los Estados Unidos hasta que los mensajes fueron recibidos por el personal de respuesta a emergencias”.
Si usted es un operador de radio de jamón con licencia y le gustaría ofrecer sus servicios voluntarios, llame al coordinador de voluntarios Phil Royce al 850-284-6940.